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CÓMO DECLARAR LA DEVOLUCIÓN DE UNA CLÁUSULA SUELO

CÓMO DECLARAR LA DEVOLUCIÓN DE UNA CLÁUSULA SUELO

La Agencia Tributaria aboga por la no declaración de las cantidades percibidas en concepto de los intereses satisfechos indebidamente a consecuencia de la aplicación de una clausula suelo independientemente de si la devolución nace de un acuerdo entre las partes o a expensas de una sentencia judicial. Lo mismo sucede con los intereses indemnizatorios satisfechos por el banco cuyo origen es la aplicación abusiva de un tipo mínimo salvo que la entidad bancaria hubiere sido condenada a abonar las costas del proceso judicial; en este último caso, el hipotecado deberá incluirla en su declaración de la renta como ganancia patrimonial de la base imponible general. No obstante, se pierde el derecho a las deducciones por vivienda habitual practicadas en 2013, 2014, 2015 y 2016 de modo que tal cuantía deberá incluirse en la declaración del IRPF. Aun así, si se procedió a la devolución mediante reducción del principal de la hipoteca, es decir las cantidades cobradas indebidamente por el banco se restaron del saldo pendiente del préstamo, no procederá regularización. Cabe destacar que la rebaja del capital del crédito no se deducirá como inversión en vivienda habitual. Finalmente, será menester presentar una declaración complementaria en caso de que un afectado por una clausula suelo pretenda incluir las cantidades recuperadas en el año 2017 como gasto deducible del capital inmobiliario (alquiler) o por actividades económicas en sus declaraciones anteriores. La mencionada declaración complementaria deberá ser relativa a los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2016, iniciándose el plazo de presentación a partir del acuerdo o sentencia y finalizando en fecha de 30 de junio de 2017 y no resultando de aplicación sanción, interés de demora o recargo al contribuyente.

¿CUANTO TIEMPO DEBO GUARDAR LA DOCUMENTACIÓN DE MI EMPRESA?

¿CUANTO TIEMPO DEBO GUARDAR LA DOCUMENTACIÓN DE MI EMPRESA?

Desde el punto de vista mercantil El Código de Comercio recoge la obligación de conservar durante 6 años desde el último asiento del ejercicio todos los libros y documentos relativos a la actividad económica (indistintamente si se trata de un autónomo o entidad mercantil o si el empresario ha cesado en su actividad). El plazo de prescripción es de 4 años. Desde el punto de vista fiscal Si Hacienda interviene para revisar los impuestos en el plazo de los 4 años de prescripción o presenta una declaración complementaria, el plazo se iniciará de nuevo. Si se trata de facturas de una activo que es amortizable deben conservar el plazo de cuatro años pero explicado desde que ya no sea posible la revisión. Cuando se hayan producido pérdidas en el ejercicio el plazo será de 10 años.El plazo de conservación es de 9 años en la adquisición de un inmovilizado que por su actividad tenga una imputación superior a 3005,06 euros. Desde el punto de vista del IVA La LGT establece una obligación general para empresarios y profesionales respecto obligación d'expedir y entregar facturas o documentos equivalentes. Sobre estos documentos, la Ley del IVA establece un periodo de conservación de 4 años, a la vez coincidente con la prescripción. Finalmente, el Reglamento que regula las obligaciones de facturación establece que los documentos que se enuncian a continuación también se conservarán durante el plazo que establezca la LGT (en papel o formato electrónico garantizando a su autenticidad y el acceso de la Administración a los mismos): facturas recibidas, copias o matrices de las facturas expedidas, justificantes contables de operaciones de aplicación de inversión cuando el proveedor no esté establecido en la Comunidad, recibos que justifiquen el reintegro de la compensación del régimen especial de Agricultura, Ganadería y Pesca y, finalmente, documentos que acrediten el pago de imposta a la importación Atendiendo a la prevención de blanqueo de capitales El sujeto obligado por la normativa de prevención de blanqueo de capitales (Ley 10/2010) está sometido al plazo de conservación es 10 años.

Actividades exentas de IVA: cuáles son y cómo facturan

Actividades exentas de IVA: cuáles son y cómo facturan

Existen una serie de actividad económicas que, según la ley 37/1992 de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido, están exentas de IVA. Presentar las declaraciones trimestrales del IVA es una de las obligaciones fiscales derivadas de hacerse autónomo. Y aunque se trata de un impuesto indirecto que paga el cliente es el autónomo o la empresa el encargado de recaudarlo para Hacienda a través de factura en nombre del cliente. ¿Actividad sujeta y exenta o no sujeta? Debemos saber entre un servicio exento de IVA (el impuesto no se puede aplicar a la operación que se realiza) y no sujeto a IVA (el servicio sí esté sujeto al ámbito de aplicación del IVA pero la propia legislación o normativa lo exima del pago) aunque la consecuencia en ambos casos es la misma: no pagar el impuesto. Relación de actividades exentas de IVA Servicios de correos y postales El servicio postal universal (servicio público de Correos), y no la mensajería de operadores privados, queda exento de tributar el IVA. En este apartado se incluyen también las entregas de sellos y efectos timbrados siempre y cuando el importe no sobrepase el valor de su emisión, es decir, que no se usen para colección. Servicios educativos, de enseñanza y formación Tanto la docencia particular sobre materias incluidas en los planes de estudio como la impartida en centros de derecho público o privado autorizados tienen exención de IVA. Por tanto, si te encuentras en uno de estos casos no tienes obligación de facturar el impuesto a tus clientes. Servicios sanitarios La asistencia o atención ejercida por médicos y profesionales del sector sanitario con titulación oficial junto a los servicios de hospitalización, diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades no tributan el IVA. Cabe indicar como excepción los servicios de cirugía estética, acupuntura, naturopatía, mesoterapia y digitopuntura por no estar considerados oficialmente como profesiones médicas. Servicios artísticos En este apartado se incluyen aquellos servicios profesionales que ofrecen escritores, artistas plásticos, dibujantes, literatos y aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor. Es el caso también de las colaboraciones periodísticas con medios impresos y de carácter periódico. Por tanto, la ley deja fuera de la exención los trabajos para medios online. Servicios inmobiliarios También los arrendamiento de viviendas y entrega de terrenos rústicos y no edificables, así como segunda y ulteriores entregas de edificaciones carecen de la obligación de tributar el IVA. Seguros y mediación financiera Tanto las operaciones relacionadas con la contratación y prestación de seguros, reaseguros y capitalización así como los servicios de mediación para la consecución de dichas operaciones financieras están exentas de IVA. Facturas exentas de IVA: tratamiento fiscal en IVA e IRPF Emitir factura exenta de IVA. Es imprescindible que incorpores la reseña de exención del impuesto conforme al artículo 20 de la ley 37/1992 sobre el IVA. Sin embargo, los autónomos profesionales sí aplicarán retención por IRPF en la factura. Esto supone que la Ley del IVA no permite la deducción de las cuotas de IVA soportadas en la adquisición de bienes y servicios destinados a la realización de actividades exentas de repercutir IVA. El IVA soportado, en estos casos, forma parte del precio de adquisición y en consecuencia será un gasto fiscalmente deducible de tus ingresos. Teniendo en cuenta lo anterior apuntamos que los autónomos cuya actividad esté exenta de IVA no tienen la obligación de presentar el modelo 303 de declaración trimestral de IVA ni el modelo 390, es decir, el resumen anual del impuesto. Sin embargo, pese a que no puedas deducirte el IVA soportado en estos modelos sí podrás deducirte el gasto por el total y no por la base imponible en el IRPF, bien en el modelo 130 trimestral en caso de autónomos empresariales o profesionales o en la Declaración de la Renta. En el supuesto de un autónomo que realiza a la misma vez actividades exentas con otras que sí sujetas a IVA se aplica un porcentaje (que se especificará a posteriori en el modelo 390 del IVA) deducible sobre el total de los gastos satisfechos por el conjunto de actividades. 

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